Qué incluye una liquidación
| Concepto | Cálculo | Base legal |
|---|---|---|
| Indemnización constitucional | 90 días de salario diario integrado | Arts. 48 y 50 LFT |
| Prima de antigüedad | 12 días por año, con salario topado a 2 salarios mínimos | Arts. 162 y 486 LFT |
| 20 días por año | 20 días de salario integrado por año de servicio, si procede | Art. 50 fr. II LFT |
| Finiquito | Salario pendiente, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional | Arts. 76, 80 y 87 LFT |
Prima de antigüedad = 12 × mín(salario diario, 2 × salario mínimo) × años de servicio
Los años de servicio se cuentan con decimales: 5 años y 6 meses son 5.5 años.
Preguntas frecuentes
¿Qué me toca si me despiden sin causa justificada?
Tu finiquito completo más una indemnización de 3 meses de salario diario integrado (artículos 48 y 50 LFT) y la prima de antigüedad de 12 días por año trabajado (artículo 162). En algunos casos también 20 días de salario por cada año de servicio.
¿Cuándo me pagan los 20 días por año?
Los 20 días por año trabajado (artículo 50, fracción II) corresponden cuando la empresa se niega a reinstalarte después de un juicio, o cuando tú rescindes la relación por una falta grave del patrón (artículo 52). En la práctica también se negocian en muchos convenios de salida. Por eso la calculadora te deja incluirlos o no.
¿Qué es el salario diario integrado?
Es tu salario diario más la parte proporcional de tus prestaciones, como aguinaldo y prima vacacional. La indemnización de 3 meses se calcula con este salario, no con el base. Si no lo conoces, la calculadora lo estima con las prestaciones de ley.
¿La prima de antigüedad tiene tope?
Sí. Se calcula con un salario de hasta el doble del salario mínimo (artículos 162 y 486 LFT). En 2026 el tope es de $630.08 diarios, o $881.74 en la zona libre de la frontera norte.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido injustificado?
Dos meses a partir del día del despido (artículo 518 LFT). Antes de demandar debes pasar por la conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación Laboral. La PROFEDET puede asesorarte y representarte gratis.
¿Me pueden obligar a firmar mi renuncia?
No. Si te despidieron, no estás obligado a firmar una renuncia voluntaria: firmarla puede hacerte perder la indemnización. Pide que la terminación quede por escrito y revisa las cantidades antes de firmar cualquier convenio.